Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Retasador Colegiado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la estimación e intimación de costas procesales y se CONDENA a la parte demandada-intimada a pagar la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 58.500,oo), a la parte intimante.