En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES, interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS RIVERO VERDE, en su carácter de Presidente de la Empresa "MULTISERVICIOS C.J., C.A.", contra la empresa JS GAS COMPRESSOR, C.A. y el ciudadano CARLOS GREGORIO ROMERO ORTA, en su carácter de presidente de dicha empresa, ambas partes plenamente identificadas en autos, como así se declara, conforme a lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-