Por los razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITVA, presentada por el ciudadano, EVELIO SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-8.799.880, de este domicilio, a través de su Apoderado Judicial, abogado CARLOS ANDRES PAUL TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-10.935.122, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº: 100.294, contra los ciudadanos: JOSE CHAO DIAZ y BLANCA REYES viuda de CHAO, mayores de edad, de titulares de las cédulas de identidad Nros. E-100.196 y V-5.012.064, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simon Rodríguez, estado An.....