Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos WILLIAN JOSÉ GIMÓN HERNÁNDEZ y ROSELIS JOSÉ FARIAS CODALLO, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en treinta de noviembre de dos mil cinco, por ante la Junta Parroquial de San Joaquín, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta en el Libro Original del Registro Civil de Matrimonio llevado por ese despacho, bajo el Nº 41, folios 126, 127 y 128, y así se decide.-