Por los anteriores razonamientos este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA interpusiera la ciudadana CARMEN MIREYA VÁSQUEZ, contra la ciudadana MARGOTDIDA SANTAELLA MUÑOZ, plenamente identificadas de autos, y así se decide.