Por los razonamientos que anteceden, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, niega oir la apelación interpuesta en fecha 12 de agosto del presente año por el ciudadano JULIO SALVADOR HERNANDEZ ZEA, actuando en representación de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES H & Z, debidamente asistido del abogado LUIS MANUEL BAENA CONTRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.289, parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares, tramitado por el procedimiento de vía ejecutiva, hubiere incoado en contra de ésta la ASOCIACION COOPERATIVA SOL Y LUZ 796, R.L., debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, bajo el N° 38, Folio 271 al 283, Protocolo Primero, Tomo Tercero, Tercer Trimestre de 2004, a.....