Ahora bien, tomando en consideración que después de realizado todos lo trámites legales para efectuar la citación de la demandada ciudadana: JUANA DEL VALLE BARROSO, y obtenida la misma, en la oportunidad de dar contestación a la demanda, no compareció en forma alguna a formular objeción alguna, es por lo que este Tribunal tomando en consideración lo previsto en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, acuerda emplazar a las partes para el nombramiento de partidor, el cual tendrá lugar el décimo día de despacho siguiente al de la fecha de la presente decisión, a las once de la mañana (11:00a.m). Así se decide.-