Mediante auto de fecha dos (02) de febrero del año dos mil seis (2006), este Tribunal, conforme a lo establecido en el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil, fija acto de informes.-
En fecha veintiuno (21) de febrero del año dos mil seis (2006), la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN PINTO DELGADO, parte demandante en la presente causa, debidamente asistida por la Abogada MARIA MICALE DE MARTINEZ, consigna escrito de desistimiento efectuado por la ciudadana; Milagros del Carmen Pinto Delgado debidamente autenticado por ante la Notaria Pública de Pariaguan del Estado Anzoátegui y del mismo se desprende igualmente que el ciudadano Federico José Rodríguez convino en dicho desistimiento.-