Por las razones expuestas este Tribunal Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana: GIOVANNA VERA CASTILLO, y ordena que el ciudadano; Prefecto del Municipio El Pao de Barcelona, Distrito Miranda, Estado Anzoátegui, estampe una nota marginal en el Acta de Nacimiento que cursa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 1.950, Acta signada con el N°: 03, en la que escriba correctamente, el nombre de la ciudadana GIOVANNA VERA CASTILLO, y así: Donde dice, JOVANNA, debe decir GIOVANNA.- Asimismo donde dice: JOVANNA, debe decir, GIOVANNA.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil, se ordena participarle lo conducente al Prefecto del Municipio El Pao de Barcelona, Distrito Miranda y al Registrador Principal ambos del Estado Anzoátegui.-