Se observa de las actas que conforman el presente expediente, que mediante diligencia de fecha 13 de abril de 2012, el abogado JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, actuando en su propio nombre y representación como parte demandante en la presente causa, desistió del procedimiento, y solicitó la devolución de los documentos acompañados a la demanda.-
Ahora bien, revisado como ha sido el desistimiento formulado, se desprende que la parte que formula el desistimiento, tiene legitimación procesal para ello, y no existiendo prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para que este Tribunal le de su aprobación.-
Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la HOMOLOGACION del DESISTIMIENTO formulado en el presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), incoado por el ciudadano JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, contra el ciudadano JUAN JOSE RODRIGUEZ ACOSTA, plenamente iden.....