Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3º del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA la admisión de la pretensión procesal de COBRO DE BOLIVARES, seguida por el procedimiento por intimación, incoada por el ciudadano MIGUEL JOSE ZACARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.780.661, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 210.069, actuando en su propio nombre y con domicilio en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en contra de la Empresa SEGUROS LA PREVISORA, domiciliada en la Avenida Abraham Lincoln Torre La Previsora, Sabana Grande, Caraca.....