Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA; intentada por BLOQUERA Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN EL MORICHAL, C.A contra del ciudadano JOSE LUIS PEREZ, arriba identificados, respectivamente. y así se decide.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte querellante por resultar totalmente vencida en el presente juicio, y así también se decide.-