Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, es por lo que este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, se declara INCOMPETENTE, en razón de la cuantía para conocer de la presente demanda de NULIDAD DE CONTRATO, incoada por la ciudadana: ALEJANDRINA FUENTES, a través de su apoderada, ciudadana AMERICA DEL VALLE FUENTES, asistida por la abogada BELKIS EUCARINA SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 2.747.696, contra la ciudadana: ISAIDA MARGARITA MARCANO DE AGUILERA.- Y se ordena sea remitido al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Y así se declara.-