En virtud del pronunciamiento anterior, en el presente juicio de Cobro de Bolívares, tramitado a través del Procedimiento por intimación, que hubiere incoado la Sociedad Mercantil SERCA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Tomo 7-A número 60 de fecha 8 de agosto de 2002; siendo su última Asamblea protocolizada ante el mismo Registro Mercantil en fecha 05 de abril del año 2013, quedando anotado bajo el Número 74, Tomo 4-A RM2DOETG, a través de su apoderado judicial, ciudadano: ANTONIO JOSE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.858, contra el ciudadano GIUSSEPPE SANTORO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.999.008, domiciliado en la Calle San José, casa Nº 24, sector el Chaparral, de la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, con fundamento en un cheque que acompañó al libelo como sustento de la acción, conforme lo dispone el Artículo.....