DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana: LEOMARY ANTONIA MELENDEZ DE JARAMILLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad numero V- 10.940.005, domiciliada en la calle 5 de Julio, numero 20-20, sector Alto Llano de la ciudad de Pariaguán, municipio Francisco de Miranda del estado Anzoátegui; debidamente asistida por la ciudadana: ADRIANA PACHECO PERDOMO, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad numero V- 10.063.309, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 51.248, con domicilio procesal en la calle Anzoátegui, local numero 02, sector El Centro de la ciudad de Pariaguán; contra el ciudada.....