Por todo lo antes expuesto, solicitamos ciudadano Juez que le imparta la debida homologación a la presente partición y liquidación de bienes conyugales y por último solicitamos que una vez acordada la partición nos sean expedidas cuatro (04) copias certificadas de la misma, con inclusión de la decisión emergente por parte del Tribunal (...)
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Conforme fue solicitado por los ciudadanos ROSIED ELENA ANTIVERO CARPIO y MANNIX ALEJANDR DURAN COHEN, se acuerda expedir por Secretaria cuatro (04) copi.....