Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes identificados, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos MARIA ALEJANDRA CADAMO GUZMAN, ROSMARY ANGELICA MENDEZ FUENTES, GILMARY DEL VALLE MENDEZ CADAMO, ANGEL ALEJANDRO MENDEZ CADAMO, Y ANDREINA GABRIELA MENDEZ CADAMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8. 227.518, 15. 050.630, 17.730.510, 20. 106. 392 y 20. 874. 998, respectivamente, en sus caracteres de cónyuge e hijos, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara MARIO NATIVIDAD MENDEZ BLONDELL, fallecido ab-intestato en fecha 14 de junio de 2010, y quien era mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 227. 423, venezolano, de ocupación obrero; conforme consta de documentación inserta en autos; quedando en todo caso a salvo los.....