En el sub iudice, habiendo alegado el abogado en ejercicio HUMBERTO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad número 8. 321. 529, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 135. 192, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano DAVID ALBERTO CAMACHO MARIÑO, que "...(SIC) siendo nuestro último domicilio conyugal Residencias La Porteña, Apartamento 3, piso 3, avenida Municipal, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui..."; es decir que el último domicilio conyugal lo establecieron los cónyuges DAVID ALBERTO CAMACHO MARIÑO y JUDITH COROMOTO MORALES ARIAS, identificados supra, en jurisdicción del Municipio Juan Antonio Sotillo, de este estado, este Tribunal con fundamento en el artículo 754, en armonía con los artículo 131, ordinal 2º; 47 , todos del Código de Procedimiento Civil y artículo 3º de la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúbl.....