conocimiento a este Tribunal, donde se recibe por auto de fecha 27 de mayo de 2009.
Ahora bien, en escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, en fecha 28 de mayo de 2009, el ciudadano TESIO MARTELLI IVO, identificado supra, debidamente asistido por la abogada en ejercicio OMAIRETH AGUILERA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 132. 147, convino "tanto en los hechos como en el derecho planteado en el libelo de la demanda, conforme al artículo 363 del Código de Procedimiento Civil...A los fines honrar las obligaciones pendientes solicito al Banco , me sea otorgado un plazo de sesenta (60) días continuos contados a partir de la presente fecha...De igual forma reconozco y me comprometo a pagar los intereses que se sigan causando hasta que se haga efectivo el pago en el plazo señalado".
Este Tribunal, conforme a lo establecimiento en el artículo 263, en armonía con el artículo 363 del Código .....