Este Tribunal se declara incompetente por el territorio para la evacuación de la Inspección en comento y declina su conocimiento en el Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Lechería.
En consecuencia, remítase el presente Asunto al mencionado Juzgado de Municipio, una vez transcurrido el lapso de cinco días de Despacho, a que se refiere el artículo 69 del Código de Procedimiento, a menos que la parte interesada haga uso del recurso contenido en la citada disposición legal.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Carmen Calma