Este Tribunal, con vista de la documentación acompañada a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos Teresa Tirado de Velásquez y Olga Oscarina Figueroa, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a las ciudadanas MARTA JOSEFINA PEREZ PARDO, NAVIA DE JESUS PEREZ PARDO Y MARIA COLUMBIA PEREZ PARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad numero 1.156.664, 1.190.715 y 1.197.865 respectivamente. sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ORLINDA ROSA PEREZ PARDO, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 3.958.643, y quien falleció en fecha 23 de febrero de 2011; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nom.....