En razón de lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de declaratoria de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO formulada por el ciudadano VITELIO ANTONIO GUAIGUA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 4.218. 822, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE MIGUEL ZAMPETTI FIGUERA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.190, en relación a la De Cujus ANGELA MARIA FIGUERA DE ALVAREZ, fallecida el día 1° de julio de 2011, en el Centro de Diagnóstico Integral, Municipio San Rafael de Onoto, estado Portuguesa. Asentándose en el Acta de Defunción que "... tenía setenta y cinco (75) años de edad, natural de la Paloma, Estado Monagas, de estado civil casada, titular de la cedula de identidad número V- 1 .984.837, domiciliada en el sector Camino Nuevo, calle Matías Núñez casa N° 4-152, Municipio Simón B.....