En razón de lo antes expuesto, este Tribunal declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: MARIA TERESA FERMIN DE LONGART, FELIPE NERY LONGART FERMIN, CARMEN ROSA LONGART FERMIN, ANGEL VICENTE LONGART FERMIN, JULIO CESAR LONGART FERMIN y MELCHOR JOSE LONGART FERMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.136.966, 5. 491.799, 5.487.159, 5.491. 798, 8. 216. 053 y 8. 273. 163, respectivamente, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ANGEL MELCHOR LONGART MUÑOZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº. 1. 461. 214;quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Hágase entrega a la parte interes.....