Ahora bien, mediante escrito presentado por ante la U.R.D.D., en fecha 10 de agosto de 2009, las partes suscribieron Transacción judicial, en los siguientes términos:
" 1: La parte demandada (ALCADIO PIÑERUA), Se da por intimada en el presente juicio y renuncia expresamente al término de la comparecencia. 2: La parte demandada conviene en que son ciertos los hechos alegando (sic) por la parte actora y aplicable el derecho invocado. 3: En consecuencia la parte demandada conviene en pagar a la parte Actora con motivo de la presente demanda de OCHENTA MIL BOLIVARES ( 80.000 Bs.F) a través de cheque de gerencia a nombre de la parte demandante; dicho cheque deberá ser consignado en este expediente en un plazo no mayor de tres días contado desde la fecha en la que la presente transacción sea homologada. 4: La parte actora conviene en renunciar el cobro de intereses de mora, comisión derivado de la letra de cambio que sirve de fundamento a la presente demanda. Igualmente ambas.....