Se da por terminado el presente juicio y se acuerda el archivo definitivo del expediente, previo devolución a la parte demandada del original del documento que dio origen a la acción por cobro de bolívares, por el procedimiento intimatorio interpuesto por la SOCIEDAD MERCANTIL DISPROLACTEOS C.A, , debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar , bajo el Nro. 02, Tomo A. Nº. 14, folios 8 al 14, de fecha 13 de marzo de 2000, a través de su apoderada judicial MARY LOPEZ A., abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.487, contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA BPAL C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 21 de noviembre de 2007, anotado bajo el Nro. 76, tomo a- 47, siendo modificado sus estatutos mediante acta de Asamblea Extraordinaria inserta bajo el Nº 51, Tomo 16 ¿A, RMI ROBAR, de fe.....