DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente ,formulada por los ciudadanos YTALA MARGARITA JIMENEZ y JOSE RAFAEL CUMANA, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.418.957 y V- 8.341.421, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, en fecha 03 de octubre de 1984, por ante la Prefectura del Municipio Pozuelos, Distrito Sotillo, del estado Anzoátegui, conforme consta de copia certificada de Acta de Matrimonio, asentada bajo el N°. 307, folios Nros 112-B 113, Tomo II, Año 1984, acompañada a la solicitud bajo examen.
Publíq.....