declina su conocimiento en uno cualesquiera de los Tribunal de Primera Instancia con competencia en materia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en esta ciudad; para lo cual se acuerda la remisión del presente Asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Civiles-Barcelona, (U.R.D.D) para su distribución, una vez transcurrido el lapso de cinco días de Despacho, a que se refiere el artículo 69 del Código de Procedimiento , a menos que la parte actora haga uso del recurso contenido en la citada disposición legal.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abg. Carmen Calma
ASUNTO : BP02-M-2008-000207.