este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la petición de desalojo interpuesta por Carlos Sarmiento contra Delfín Oribio Hernández, ambos plenamente identificados; así mismo se DECLARA SIN LUGAR la mutua petición o reconvención interpuesta por el ciudadano Delfín Oribio Hernández contra el ciudadano Carlos Sarmiento, en vista que el contrato de arrendamiento suscrito entre los ciudadanos Carlos Sarmiento y Delfín Oribio Hernández, no es a tiempo determinado; , en consecuencia no le corresponde la prórroga legal al arrendatario, conforme al artículo 38 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, condenándose al demandado a desalojar el inmueble identificado up supra, y hacer entrega del mismo a su propietario totalmente despcupado de bienes y personas. En cuanto a los daños y perjuicios recla.....