de conformidad con lo establecido en el Articulo 647 en concordancia con el Articulo 651 ejusdem, se decreta la EJECUCIÓN FORZADA DE LA DEUDA en la presente causa. Y en razón de que solicito la indexación de las cantidades demandadas, en el presente proceso este Tribunal, en base a lo establecido en el Articulo 249 del Código de Procedimiento Civil, ordena practicar una experticia complementaria al presente fallo, desde la fecha en que se libro el decreto de intimación, hasta la total cancelación de la deuda.- Y así se decide.-
El Juez Temporal
La Secretaria
Abg. Jesús Gutiérrez
Abg. Carmen Calma