DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la solicitud de divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JESUS HERIBERTO NIETO ZERPA Y MARIA MAGDALENA QUINTO, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad números 7.217.306 Y 7.248.813, respectivamente debidamente asistidos por la abogada DULCE MARIA FUENMAYOR RIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 39.587, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaría copia auténtica de esta decisión.
Publíquese, regístrese, agréguese a los aut.....