Ahora bien, observa este Tribunal del estudio del libelo de la demanda, que el objeto de la controversia, trata sobre una obligación de pago contenida en un cheque , el cual fue consignado en original al presente Asunto, a solicitud de este Juzgado ; en razón de ello considera quien aquí decide que la acción por Resolución de contrato verbal, no es la acción idónea para que el demandante persiga el pago de la cantidad de dinero dada en préstamo, conforme lo admite en su libelo de la demanda, cuando alega "que le fueron entregados a la mencionada ciudadana, mediante un convenio de préstamo de dinero y quien reconoció dicho préstamo, mediante la emisión de un cheque a mi nombre, de su cuenta personal tal como se pueden evidenciar de cheque original que acompaño a la demanda marcado con la letra "B". De manera que al evidenciarse que el objeto de la controversia trata sobre una obligación de pago contenida en un cheque, este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 341.....