Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Daño Moral, derivado de accidente de tránsito, interpuesta por YOLIMAR REBOLLEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 18.766.100, debidamente asistida por el abogado en ejercicio GEOBANI VERACIERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.209.131, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28. 381, contra los ciudadanos CRISTOBAL GREGORIO HERNANDEZ SALAZAR y YHONNY ESTILE HERNANDEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 12.980.854 y 8.257.637, respectivamente, residenciados en la calle Brisas del Mar, casa Nro. 24, sector Guamachito, Barcelona, estado Anzoátegui, y en consecuencia, condena a la parte demandada a pagar a la demandante por concepto de Daño moral, el cual estima este Tribunal , en la cantidad de CIENTO VEINT.....