Por las razones que anteceden, éste Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Y así se declara. Se ordena suspender la medida de secuestro decretada, una vez que quede firme la presente decisión.-