Ahora bien, tratándose el caso bajo examen de una Querella Contenciosa Funcionarial que persigue "la nulidad absoluta de la resolución impugnada", distinguida con el Nº. DA-AEB-39-2008, dictada por la Alcaldía del Municipio Andrés Eloy Blanco ,del Estado Sucre, publicada en Gaceta Municipal en fecha 24 de diciembre de 2008 con el Nº. 467, "mediante la cual se resuelve colocarme en el grado que me corresponde...", es decir la nulidad de un acto administrativo de carácter particular; ejercida por el ciudadano REINALDO JOSE FLORES; este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, se declara incompetente por la materia para conocer del recurso en comento, y declina su conocimiento en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor- Oriental, a donde se acuerda remitir las presentes actuaciones; y a tales fines se ordena enviar el presente Asunto a la Unidad de Recepci.....