Se negó la admisión de la presente demanda, en virtud que el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de ésta misma Circunscripción Judicial, al momento de declinar la competencia de la presente causa, se pronunció sobre su admisión, negando la misma, por lo que considera este Tribunal que no hay material sobre la cual decidir,en vista de que el Tribunal de Primera Instancia antes mencionado, se pronunció sobre la inadmisibilidad de la presente demanda .-