"....Seguidamente el Juez Provisorio Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui oída las exposiciones de ambas partes, ambas plenamente identificadas hace del conocimiento al notificado que en caso de existir cantidad de dinero que cubra la cantidad líquida señalada para ser embargada, se abstenga de emitir pago alguno a la empresa demandada hasta tanto este Tribunal se traslade nuevamente a solicitud de la parte actora. Asimismo ordena mantener el presente exhorto en el archivo de este Tribunal hasta tanto la parte actora solicite nueva oportunidad o el Tribunal de la causa decida lo conducente y en cuanto, a lo expuesto por el notificado este Tribunal lo insta a dar fiel cumplimiento informando mediante oficio dirigido al Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el plazo perento.....