"...Seguidamente el Juez Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui oída la exposición de ambas partes, así como la solicitud del apoderado actor, en cuanto a que este Tribunal se abstenga de ejecutar la presente medida de conformidad con sus alegatos, este tribunal por cuanto la solicitud no es contraria a derecho o alguna disposición expresa en la Ley, la acuerda en consecuencia este Tribunal SE ABSTIENE de ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el comitente. Igualmente acuerda la remisión del presente exhorto al tribunal de la causa a los fines de que se imparta la correspondiente homologación de lo convenido por las partes en este acto. .."