...este Tribunal considera que la parte está dándose por enterada personalmente de la orden de corrección del libelo de demanda, dentro del lapso de los dos días hábiles siguientes, a partir del momento que consignó la diligencia en el expediente, pues, tuvo conocimiento, que debía corregir el libelo y no lo hizo, dentro del lapso establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente demanda...