Por consiguiente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el alegato de prescripción hecho por las empresas demandadas PERSONNEL SUPPORT, S.A. Y PETROLERA AMERIVEN, S.A. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoare el ciudadano JOSÉ RAMÓN MORFFE CARRASQUEL en contra de las empresas PERSONNEL SUPPORT, S.A. y PETROLERA AMERIVEN, S.A. supra identificados.