..., este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS el presente recurso de amparo constitucional interpuesto por la abogada MARÍA ALEJANDRA DÍAZ CONTRERAS, antes identificada, actuando en su carácter de apoderada judicial de la UNIDAD EDUCATIVA INDUSTRIAL JUAN CRISÓSTOMO FALCÓN, C.A., ello en conformidad con el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales...