...este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana ANGELINA MARIA MARCANO DE TORRES en contra de la empresa AGENCIA DE FESTEJOS COLINAS C.A., antes identificados, en virtud del incumplimiento de la Providencia Administrativa número 00191-2012, de fecha 23-03-2012, contenida en el expediente administrativo números 003-2012-01-00607, dictada por la Inspectoría de Trabajo "Alberto Lovera" de Barcelona del Estado Anzoátegui, y, en consecuencia, se ORDENA a dicha sociedad de comercio, su ejecución inmediata e incondicional en los términos del artículo 30 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esto es, reponer a la trabajadora ciudadana ANGELINA MARIA MARCANO DE TORRES, con cédula de identidad nú.....