..., este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFESA la accionada con respecto a los hechos en conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Segundo: SIN LUGAR el alegato de prescripción. Tercero: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por cobro de prestación de antigüedad y otros conceptos laborales incoare el ciudadano contra la empresa TRANSPORTE LA TORRE, C.A., antes identificados, por lo que se condena a la referida sociedad al pago de lo siguiente:
Vacaciones y bono vacacional: Bs.39.541,50.
Utilidades: Bs.25,50.
Prestación de antigüedad del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo:
Bs.2.207,44.
Intereses de prestación de antigüedad Bs.18.846,37.
Total a cancelar Bs.60.620,81. Y asi se decide...