Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana MARIA CRISTINA CHABASQUEN QUIROGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.101.158, domiciliada en: Santa Eulalia, Edificio Morichal, piso 02, apartamento 2-1, Boyacá II, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano JOSE LUIS NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.968.847, domiciliado en: Urbanización El Frío, cale 01, casa #20, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a fin de que este presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma .....