el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, Acuerda la ejecución de dicho Decreto. En consecuencia, expídanse por Secretaria copias certificadas de dicho Decreto con inclusión del presente auto y remítanse junto con oficio, una al ciudadano Prefecto de la Parroquia Tacarigua del Estado Anzoàtegui, y al Registrador Principal del Estado Anzoàtegui, a objeto de que estampen la correspondiente Nota Marginal, en el Acta de Nacimiento de la adolescente (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), anotándose únicamente las palabras Adopción Plena, quedando esta partida privada de todo efecto legal y levantar una nueva Acta de Nacimiento a la niña antes mencionada, por ante la Prefectura del Municipio San Pablo, Municipio Cajigal del Estado Anzoátegui, por las circunstancia de hallarse domiciliada en esta Jurisdicción, l.....