Vista la anterior solicitud de Consignación de Cánones de Arrendamiento, de fecha 01 de agosto de 2012, presentada por el ciudadano: KHALED ALABED, de nacionalidad Siria, mayor de edad, domiciliado en Puerto Píritu, Municipio Peñalver, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad Nº E-82.221.226, asistido en este acto por la abogada en ejercicio MERCY J. SANCHEZ VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.491; por cuanto se observa que de los documentos consignados se desprende que el referido ciudadano no tiene cualidad jurídica para actuar en representación del ciudadano JOSÉ ORLANDO FREITAS GONCALVES, titular de la cédula de identidad Nº E-81.602.329, a los fines de realizar la solicitud de Consignación de Cánones de Arrendamiento relativa a la relación arrendaticia existente entre los ciudadanos JOSÉ ORLANDO FREITAS GONCALVES (arrendatario) y JOSÉ EUGENIO BATISTA, OTILIA BATISTA y JUAN RAFAEL BATISTA (arrendadores), según se evidencia de contrato de arrendamiento .....