Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO por divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil vigente, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ANIBAL JOSE AMUNDARAY GUAICARA y BEATRIZ ALEJANDRINA TONITO MARRERO, anteriormente identificados, contraído en la Prefectura Civil del Municipio Boca de Uchire, Distrito Peñalver, Estado Anzoátegui en fecha 17 de Abril de 1.979, según copia certificada de acta N°10, anexa a los autos.