Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por el ciudadano: CESAR ENRIQUE MENDEZ GUAREGUAN, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro.13.166.837, debidamente asistido por la abogada; MARIA IGNACIA LOPEZ VASQUEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros.122.620, mediante la cual solicita que sean declarados, tanto el como sus hermanos; JOSÉ ELEAZAR MENDEZ PINEDA, RAFAEL ANTONIO MENDEZ PINEDA, FELIX RAFAEL MENDEZ PINEDA, JOSÉ GREGORIO MENDEZ PINEDA, RIGOBERTO JOSÉ MENDEZ PINEDA, RAFAEL JOSÉ MENDEZ PINEDA, PETRA AURORA MENDEZ GUAREGUAN Y TIBISAY JOSEFINA MENDEZ GUAREGUAN, Únicos y Universales Herederos del ciudadano; RAFAEL ANTONIO MENDEZ GUAREGUAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.222.850, falleció Ab-intestato, el día CATORCE (14) de Junio del año dos mil nueve (2009), en el Hospital Dr Luis Razetti de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui.-.....