Ahora bien, analizados como han sido los recaudos aportados por la solicitante ciudadana EDUARDA RAMONA PARAGUAN, antes identificada, se evidencia que las citadas bienhechurías se encuentran enclavadas en un terreno propiedad del municipio Sir Arthur Mac Gregor del Estado Anzoátegui, cuyas medidas y linderos se desprende de la CONSTANCIA CATASTRAL, N° 599, expedida en fecha 29/11/2.019, por la Dirección de Catastro del referido Municipio (folios 03). Este Tribunal valora las declaraciones rendidas en fecha Tres (03) de Septiembre de 2.021, por las ciudadanas: NERCY JOSEFINA PERALES LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.819.673, domiciliada en la Calle Colón, Sector Casco Central, casa s/n., Teléfono 0424-804.39.09, y CARMEN MANUELA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.487.339, domiciliada en la Calle Colón, Sector Casco Central, casa s/n., Teléfono 0424-886.46.34, ambas en El Chaparro, Municipio Mac Gregor .....