Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano RAFAEL JOSE SANTOS GONZALEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 11.418.977, debidamente asistido por la Dra. YUNNELIS JOSEFINA BELLO ROA, en consecuencia, se acuerda la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Clase: AUTOMOVIL, Modelo: MALIBU, Tipo: SEDAN, Uso: PARTICULAR, Marca: CHEVROLET, Color: BLANCO, Serial de Carrocería: 1T19MHV105498, Serial de Motor: CP4102454, Placa: ALD099, bajo GUARDA Y CUSTODIA, de conformidad con el Artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificado; y TERCERO: Devuélvanse los document.....