En virtud de las razones de hecho y de derecho expuestas en los capítulos precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de que la cuantía estimada en el escrito libelar, en el presente juicio que por DAÑOS y PERJUICIOS, hubiere incoado el ciudadano JACKSON DAVALILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.655.109 y domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, a través de su co-apoderado, el ciudadano abogado MARCELO BARROLLETA GONZALEZ, contra la Sociedad de Comercio, CORPORACION VALMETRAVELS C.A.(VALMETRAVEL) inscrita por ante el registro mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 1 de febrero de 2000, bajo el Nº 32, Tomo A-4, Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-30675946-8; contra la Sociedad de Comercio.....